PERMISO DE RESIDENCIA Y TRABAJO POR ARRAIGO FAMILIAR:

 

¿Qué debo saber para aplicar a la residencia por arraigo familiar?

Desde la reforma del reglamento de extranjería realizada el pasado año 2022 se han flexibilizado los requisitos para poder solicitar el permiso de residencia y trabajo por arraigo familiar para los cónyuges, los ascendientes y los descendientes de ciudadano español, independientemente de tratarse de un ciudadano español de origen o nacionalizado.

En caso de obtener el permiso por arraigo familiar le será concedido al familiar del ciudadano español una autorización de residencia y trabajo por 5 años. La solicitud se realiza desde España y, puede ser hecha estando en situación irregular como sucede con el arraigo social, arraigo laboral o arraigo para la formación. Es importante que el ciudadano español y su familiar estén empadronados y convivan en el mismo domicilio.

¿Cuáles son los requisitos que solicita la oficina de extranjería?

Los requisitos y los documentos que se deben presentar para obtener la autorización por arraigo familiar son, entre otros, los siguientes:

  • Pasaporte completo y en vigor del solicitante, con todas sus hojas
  • Formulario EX – 10 debidamente cumplimentado.
  • DNI del ciudadano español.
  • Documento que acredite el vínculo familiar del solicitante con el ciudadano español. Este documento puede ser, dependiendo de cada caso, el certificado de nacimiento, el certificado de matrimonio, el certificado de unión de hecho, etc. En caso de que ese documento haya sido expedido fuera de España, deberá de estar aportillado y/o legalizado en el país de origen.
  • Certificado de antecedentes penales expedido en el país de origen del solicitante, aportillado y/o legalizado.
  • Certificado de empadronamiento colectivo en el que conste que el solicitante y el ciudadano español conviven en el mismo domicilio.

¿Es necesario demostrar dependencia económica y/o convivencia?

En el caso de que los ascendientes del ciudadano español que pretendan solicitar la autorización de residencia y trabajo por arraigo familiar sean menores de 65 años y, en el caso de los descendientes sean mayores de 18 años, será necesario demostrar que está a cargo del ciudadano español con el que se convive.

También es recomendable a portar por parte del ciudadano español los documentos que acrediten su capacidad económica, tales como:

  • Contrato de trabajo, nómina, vida laboral, en caso de ser autónomo, declaración de la renta o cualquier otro documento que acredite contar con medios económicos.

¿Cómo puedo realizar la solicitud de mi residencia por arraigo familiar?

La solicitud se puede realizar de forma telemática, en ese caso pueden contar con la ayuda de un abogado de extranjería que se encargará de revisar toda la documentación de su solicitud de permiso de residencia para confirmar que está correcta y, presentar en la plataforma habilitada para los abogados la solicitud de arraigo familiar.

La oficina de extranjería tendrá un plazo de 3 meses para resolver la solicitud presentada, en caso de que la resolución de la oficina de extranjería, respecto a su solicitud de arraigo familiar sea favorable, una vez recibida la solicitud, el solicitante tendrá un plazo de 1 mes para realizar la toma de huellas en la policía nacional y solicitar la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) que le identificará como residente en España.

En Lex Visados, contamos abogados expertos en extranjería, nos ponemos a su disposición para asesorarle durante todo el trámite de su solicitud de residencia por arraigo familiar. Para cualquier duda o aclaración que te pueda surgir, a través del formulario de la página web, por teléfono o por WhatsApp.