Residencia de familiar de ciudadano comunitario

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Los ciudadanos extranjeros familiares de ciudadanos comunitarios podrán obtener el permiso de residencia y trabajo en España a través de la solicitud de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano no comunitario. La tarjeta de residencia de familiar de ciudadano comunitario te permite residir y trabajar legalmente en España.

¿Quién puede solicitar la tarjeta de residencia por familiar de ciudadano comunitario?

Podrán solicitarlo los ciudadanos extranjeros que sean:

  • Cónyuges o parejas de hecho de un ciudadano europeo
  • Parejas estables de un ciudadano europeo
  • Hijos que se encuentren a cargo del ciudadano europeo
  • Ascendientes que se encuentren a cargo del ciudadano europeo

La tarjeta de residencia se solicita dentro de los tres meses siguientes a la entrada del ciudadano extranjero en España.

Sin embargo, no existe sanción en caso de que se presente con posterioridad a dicho plazo. Se presentará en las oficinas de extranjería de la región donde el familiar va a residir. La solicitud deberá ser cumplimentada por el familiar del ciudadano de la UE y deberá ir firmada por el ciudadano europeo.

Hay que tener en cuenta que, para formalizarse como pareja de hecho, dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que residas, pueden solicitarte un periodo previo de convivencia. Por ejemplo, la Comunidad de Madrid exige haber convivido durante al menos un año para poder inscribirse como pareja de hecho. El requisito de convivencia se acredita con el certificado común de empadronamiento.

La tarjeta de residencia se otorgará por un plazo inicial de 5 años.

Para la renovación de la tarjeta de residencia se deberá solicitar un mes antes de su vencimiento y deberán cumplirse todos los requisitos necesarios para la concesión inicial además de demostrar que no se ha estado fuera de España durante periodos superiores a 6 meses durante un año. La renovación se otorgará por un periodo de 10 años.

¿Cuáles son los requisitos para obtener el permiso de residencia de familiar de ciudadano comunitario?

Junto con la solicitud deberá aportarse la siguiente documentación:

  • Solicitud del modelo EX19
  • Pago de la tasa correspondiente
  • Acreditar el vínculo familiar que da derecho a solicitar la tarjeta (certificado de matrimonio, certificado de pareja de hecho, certificado de nacimiento, etc.). En  caso  de  pareja  no  registrada:  documentación  acreditativa  de  que  constituyen  una  pareja estable  que  atestigua  la  existencia  de  un  vínculo  duradero,  así  como  justificación  del  tiempo  de convivencia  marital  o,  en  su  caso,  certificado  de  nacimiento  de  la  descendencia  en  común.  
  • DNI del ciudadano español que otorga el derecho al familiar para realizar la solicitud.
  • Copia del   pasaporte completo válido y  en  vigor  del  familiar
  • Acreditar que el ciudadano de la Unión Europea cuenta con fondos económicos suficientes para poder sufragar los gastos de vida familiar.

¿Cómo se acredita que se cuentan con fondos suficientes para pagar los gastos de vida familiar?

Se podrá acreditar aportando el contrato de trabajo y última nómina y los datos de estar dado de alta en la Seguridad Social del ciudadano o autorización  para  consultar datos  en  Seguridad  Social .

Si el ciudadano comunitario trabaja por cuenta propia se podrá presentar certificado de inscripción de estar dado de alta en actividades económicas o los documentos que acrediten que el trabajador por cuenta propia está dado de alta como autónomo en la seguridad social, última declaración trimestral  a  cuenta  del  IRPF,  M130  o  M131  o   autorización  para  consultar  datos  en  Seguridad  Social.

En caso de que el ciudadano comunitario no se encuentre trabajando deberá aportar mediante extractos bancarios (Certificado  bancario  del  saldo  medio  anual,  movimientos  bancarios de  los  últimos  meses,  prestación  contributiva  (desempleo,  jubilación,  viudedad…),  otros) para comprobar que cuenta con dinero suficiente para asumir los costes familiares y que cuenta con un seguro de enfermedad público o privado en vigor.

¿En caso de que me divorcie, puedo conservar el permiso de residencia y trabajo?

Desde el momento en que se finaliza la relación de la pareja, el ciudadano extranjero deberá comunicarlo en el plazo de tres meses en la Oficina de extranjería.

La Ley permite conservar la tarjeta de residencia del ciudadano extranjero cuando se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

  • Cuando la relación haya durado más de tres años y al menos uno de ellos se haya permanecido en España.
  • Cuando se tengan hijos del matrimonio que residan en España.
  • Haber sido víctima de violencia de genero.

Si no se encuentra en ninguno de los supuestos arriba indicados se deberá solicitar la modificación del permiso de residencia a alguno de los supuestos que se fijan en el Reglamento de Extranjería para el permiso de residencia o de residencia y trabajo bajo el régimen general.

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